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El video es propiedad intelectual controlada y producida por el Grupo de Recursos Genéticos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 
En Colombia los recursos genéticos son propiedad del Estado, son inalienables, imprescriptibles e inembargables y el acceso a estos, está regulado por la Decisión Andina 391 por lo cual, quién desee acceder los recursos genéticos y sus productos derivados, debe solicitar la autorización del Estado a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Decisión Andina 391 de 1996

En la siguiente presentación diseñada por el Grupo de Recursos Genéticos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se menciona toda la parte normativa nacional relacionada con los recursos genéticos, junto con el procedimiento general para solicitar el Contrato de ARG. Presentación Acceso a recursos genéticos y sus derivados

En el “Manual de solicitud del contrato de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados en Colombia (2016) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”, se puede encontrar el marco normativo asociado al tema, consideraciones sobre el trámite, procedimiento de la solicitud y seguimiento a los contratos que se suscriban de forma más detallada. Manual de solicitud de contrato

Para solicitar el Contrato de ARG y sus productos derivados envíe el siguiente formato diligenciado a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.